EVALUACIÓN AMBIENTAL

EVALUACIÓN AMBIENTAL: ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, IMPACTO AMBIENTAL Y AAI

Se llama evaluación de impacto ambiental (EIA) al procedimiento técnico-administrativo que sirve para identificar, prevenir e interpretar los impactos ambientales que producirá un plan, programa o proyecto en su entorno en caso de ser ejecutado, todo ello con el fin de que la administración competente pueda aceptarlo, rechazarlo o modificarlo. Este procedimiento se inicia con la presentación del documento de inicio por parte del promotor, sigue con la realización de consultas previas a personas e instituciones por parte del órgano ambiental, continúa con la realización del EsIA (Estudio de Impacto Ambiental) a cargo del promotor y su presentación al órgano sustantivo. Se prolonga en un proceso de participación pública y se concluye con la emisión de la DIA (Declaración de Impacto Ambiental) por parte del órgano ambiental.

La ordenación del territorio, atendiendo a la definición formulada por la Carta Europea de Ordenación del Territorio de 1983, es la expresión espacial de la política económica, social, cultural y ecológica de toda sociedad, con multitud de objetivos, entre ellos el desarrollo socioeconómico y equilibrado de las regiones, la mejora de la calidad de vida, la gestión responsable de los recursos naturales, la protección del medio ambiente, y por último, la utilización racional del territorio. Es a la vez una disciplina científica, una técnica administrativa y una política concebida como un enfoque interdisciplinario y global, cuyo objetivo es un desarrollo equilibrado de las regiones y la organización física del espacio según un concepto rector. Esta actividad se encuentra íntimamente relacionada con la evaluación estratégica de planes y programas. Basoinsa incorpora su experiencia y conocimientos para la redacción de los estudios necesarios de apoyo a las administraciones implicadas para la consecución de estos objetivos.

La Autorización Ambiental Integrada (AAI) está regulada por Ley 16/2002 que establece un condicionado ambiental para la explotación de las actividades e instalaciones contempladas en el Anexo I. La autorización se otorga con carácter previo a cualquier otra autorización o licencia sustantiva exigible, y es de carácter vinculante para todo lo relativo al condicionado ambiental. La AAI incluye todos los aspectos ambientales, y aquellos otros relacionados que consideren las autoridades ambientales competentes, de acuerdo con la legislación básica estatal y las correspondientes autonómicas.

Consulta la ordenación jurídica aplicable al procedimiento de EIA

Nuestros servicios:

  • – Estudios de impacto ambiental, estudios ambientales estratégicos
  • – Informes técnicos complementarios
  • – Documentos de inicio y documentos ambientales
  • – Estudios de alternativas
  • – Autorizaciones ambientales integradas
  • – Licencias de actividad
  • – Estudios de incidencia ambiental en procesos industriales
  • – Legalización de focos de emisión atmosférica y vertidos
  • – Estudios de dispersión de contaminantes atmosféricos
  • – Estudios de modelización de impacto acústico
  • – Mediciones de nivel de presión acústico

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